Comunicado de prensa

Declaración de Fin de Misión a Costa Rica: Tomoya Obokata, Relator Especial sobre formas contemporáneas de esclavitud

25 noviembre 2022

Relator Especial sobre formas contemporáneas de esclavitud, Tomoya Obokata, presenta Declaración de Fin de Misión a Costa Rica

Declaración de Fin de Misión

Introducción

El Relator Especial sobre formas contemporáneas de esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, Tomoya Obokata, visitó Costa Rica del 16 al 25 de noviembre del año 2022. Él desea expresar su gratitud al Gobierno de Costa Rica por haberle extendido su invitación y su excelente cooperación, y por entablar un diálogo abierto, franco y constructivo durante su visita.

El objetivo principal era evaluar el progreso que el Gobierno ha logrado en la eliminación de las formas contemporáneas de esclavitud como parte de su compromiso como País Pionero para la Alianza 8.7. A este respecto, el Relator Especial tuvo la oportunidad de analizar la naturaleza y el alcance de la explotación laboral en diversos sectores, como la agricultura, el turismo, la manufactura y el trabajo doméstico, así como la explotación sexual comercial.

A fin de obtener información de primera mano, el Relator Especial se reunió con un gran número de partes interesadas, incluidos funcionarios públicos y encargados del Gobierno de hacer cumplir las leyes, la Asamblea Legislativa y el Poder Judicial. También se reunió con la Defensoría de los Habitantes (Institución costarricense que vela por los Derechos Humanos), organizaciones de la sociedad civil, trabajadores migrantes, pueblos indígenas, afrodescendientes, activistas LGBTIQ+, sindicatos, comunidad empresarial, así como organizaciones internacionales y la comunidad diplomática. Además de varios lugares en San José, el Relator Especial visitó Los Chiles.

Aspectos positivos

Para empezar, Costa Rica cuenta con diversos marcos jurídicos aplicables a las formas contemporáneas de esclavitud, que incorporan algunos de los principales instrumentos internacionales de derechos humanos y laborales. El Código Penal contiene disposiciones sobre la trata de personas (artículo 172 del Código Penal) y el trabajo forzoso (artículo 189 bis del Código Penal) con penas que van de 6 a 14 años de prisión. La Ley Nº 7899 prohíbe la explotación comercial de niños, y se puede invocar el artículo 20 de la Constitución para abordar la esclavitud. Además, los artículos 56 a 58 de la Constitución obligan al Gobierno a garantizar condiciones de trabajo decentes para todos, y se dice que la Ley núm. 9343 sobre Reforma Laboral (2017) ha introducido cambios significativos en relación con el enjuiciamiento y castigo de las infracciones de las leyes laborales y de seguridad social, la protección de las víctimas, los derechos sindicales y los procesos judiciales de reparación. Si se implementan de manera efectiva, estos marcos legales pueden prevenir las formas contemporáneas de esclavitud.

El Relator Especial también ha sido informado de los proyectos legislativos en curso o previstas en la esfera de los derechos laborales. Por ejemplo, la Asamblea Legislativa mediante una iniciativa de la Coalición Nacional contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas (CONATT) aprobó recientemente la modificación del Código Penal en la que se eliminan los

 

elementos de coerción o engaño de la definición de trata cuando los traficantes explotan las vulnerabilidades de las víctimas. Se están examinando proyectos de ley para hacer frente al acoso en el lugar de trabajo de acuerdo al Convenio 190 de la OIT, promover la acción afirmativa y fortalecer la inspección del trabajo mediante el proyecto de ley 21706.

En Costa Rica, existen unidades de investigación especializadas sobre las formas contemporáneas de esclavitud dentro de las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley, incluida la Policía Profesional de Migración y la Fiscalía. Esto es importante ya que las investigaciones complejas sobre estas prácticas requieren conocimientos y experiencia especializados, lo que a su vez puede conducir a un enjuiciamiento y castigo exitosos. Además, se informó al Relator Especial que el Gobierno está considerando la posibilidad de elaborar un Plan de Acción Nacional para promover la aplicación de la ley basada en los servicios de inteligencia, que puede utilizarse para las formas contemporáneas de esclavitud, a fin de poder promover la aplicación proactiva de la ley, en lugar de la reactiva.

El Relator Especial también pudo observar que la asistencia y el apoyo a las víctimas de las formas contemporáneas de esclavitud mejoraron en cierta medida. La Ley No. 9095 contra la Trata de Personas y la Creación de la Coalición Nacional contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas (2012) obliga a los departamentos gubernamentales pertinentes a establecer un marco para la protección y asistencia a las víctimas. A este respecto, el artículo

71 del Código de Procedimiento Penal encomienda al Poder Judicial, al Ministerio de Seguridad Pública (MSP) y a otros departamentos gubernamentales pertinentes que presten asistencia durante los procedimientos penales.

Durante su misión, se informó al Relator Especial que el Gobierno había adoptado medidas importantes para identificar y proteger a las víctimas de la trata. Que ha creado el Equipo de Respuesta Inmediata en el 2009, que se encarga de acreditar a las víctimas de formas contemporáneas de esclavitud. Este equipo está integrado por los organismos gubernamentales encargados de hacer cumplir la ley, como la Policía Profesional de Migración, la Fiscalía, el Ministerio de Seguridad Pública, el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

El reconocimiento como víctimas les permitirá recibir una amplia variedad de medidas de protección y asistencia que incluyen asistencia médica y psicológica, refugios, educación y formación profesional, así como acceso a la justicia y recursos. La adopción de estas medidas no depende de la participación de las víctimas en los procesos penales y no hay límite de tiempo para recibirlas. Además, las víctimas pueden permanecer en el país todo el tiempo que deseen e integrarse a la sociedad costarricense. En términos de financiamiento para protección y asistencia, el Gobierno utiliza un impuesto de salida cobrado a todas las personas que salen de Costa Rica de $1.00 dólar estadounidense, el cual se asigna al Fondo Nacional Contra el Tráfico y Trata de Personas.

Con el fin de mejorar las respuestas interinstitucionales coordinadas en contra de las formas contemporáneas de esclavitud, el Gobierno estableció el CONATT en el 2013. Su objetivo principal es fortalecer todas las acciones dirigidas a prevenir y erradicar estos delitos, proteger a las víctimas y promover la cooperación internacional en materia de justicia penal. El CONATT está integrado por 22 dependencias gubernamentales, entre ellas el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, el Ministerio de Salud, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, el Ministerio de Justicia y Gracia, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Ministerio de

 

Educación Pública, El Patronato Nacional de la Infancia, el Instituto Nacional de la Mujer y la Defensoría de los Habitantes. Se informó al Relator Especial que a las organizaciones internacionales como la OIM, el ACNUR y el UNICEF, así como a las organizaciones de la sociedad civil, se les otorga la condición de observadores, lo que les permite hacer aportaciones para la elaboración y aplicación de las políticas.

Costa Rica es un "País Pionero" de la Alianza 8.7 y ha venido demostrando su compromiso con la implementación de la Meta 8.7 del Objetivo de Desarrollo Sostenible 8. De particular importancia son los esfuerzos para eliminar el trabajo infantil y la explotación sexual, y el Relator Especial reconoce que Costa Rica ha venido avanzando constantemente en este sentido. La edad mínima para trabajar se ha fijado en 15 años, y el Gobierno actualiza periódicamente una lista de trabajos peligrosos que están prohibidos para los menores de 18 años. La edad de la educación obligatoria se ha elevado a 17 años, lo cual es más alta que en otras jurisdicciones.

A fin de supervisar eficazmente la aplicación de las leyes y políticas relativas al trabajo infantil, se ha establecido el Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de Trabajadores Adolescentes. Éste aprobó recientemente el "Índice de Vulnerabilidad al Trabajo Infantil" elaborado en conjunto con la OIT y la CEPAL. Su propósito es identificar la naturaleza y el alcance del trabajo infantil en diversos sectores en todo el país y proponer soluciones apropiadas.

Además de las medidas de aplicación de la ley, Costa Rica ha venido aplicando diversas medidas para mantener a los niños y las niñas en sus escuelas y prevenir así el trabajo infantil. Un ejemplo es una iniciativa público-privada conocida como Casas de la Alegría, la cual proporciona un espacio para la educación de los niños y las niñas indígenas y migrantes en las plantaciones de café. Esto cuenta con el apoyo de las autoridades locales, el sector empresarial y entidades como el UNICEF. Desde su inicio en 2002, el número de Casas de la Alegría ha aumentado a 40. El establecimiento de Centros Cívicos para la Paz, apoyados por el Banco Interamericano de Desarrollo, es otro buen ejemplo. Estos centros proporcionan espacio para que los niños y las niñas practiquen deportes, música y artes, así como servicios adicionales para los padres, como la resolución de conflictos. Además, el programa "Puente Hacia el Desarrollo" ha mejorado el acceso a los servicios sociales por parte de las familias en comunidades marginadas, beneficiando a alrededor de 100,000 familias en 2021, y se ha proporcionado apoyo en efectivo a aproximadamente a 248,000 estudiantes económicamente desfavorecidos en el marco del "Programa Vamos a Salir Adelante" a partir de 2021.

Estos esfuerzos han producido resultados positivos en Costa Rica. En 2011, los casos registrados de trabajo infantil ascendieron a 42.571, pero se ha reducido a 6.706 en 2020. Varios interlocutores también destacaron que se estaban adoptando medidas positivas para poner fin al trabajo infantil. En 2021, el Gobierno ha adoptado una Hoja de Ruta para Hacer de Costa Rica un País Libre de Trabajo Infantil y Sus Peores Formas (2021-2025), el cual contiene planes de acción y estrategias detalladas. Esto demuestra claramente su compromiso de implementar el Objetivo de Desarrollo Sostenible 8, Meta 8.7, que insta a los Estados a poner fin al trabajo infantil en todas sus formas para el 2025. La OIT, el sector empresarial, tal como la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado y la organización de la sociedad civil Defensa de los Niños Internacional participaron en la redacción de la Hoja de Ruta con el fin de promover esfuerzos concertados para combatir el trabajo infantil.

 

Con respecto a la explotación sexual comercial de los niños y las niñas, el Gobierno estableció un organismo especializado, la Comisión Nacional contra la Explotación Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes. Sus objetivos son supervisar la aplicación de las leyes y políticas sobre la materia, mejorar la coordinación entre los departamentos gubernamentales pertinentes, llevar a cabo actividades de educación y sensibilización entre el público en general y proteger a las víctimas de la explotación sexual comercial.

También se ha informado al Relator Especial que, desde 2008, las empresas turísticas han firmado el Código de Conducta voluntario para la protección de los niños y las niñas contra la explotación sexual en los viajes y el turismo, que formaba parte de la iniciativa dirigida por la ECPAT International, la Organización Mundial del Turismo y la República Unida de Turismo y la Organización Mundial del Turismo y apoyado por otras entidades tal como la UNICEF. El Instituto Costarricense de Turismo emite un "Certificado de Turismo Sostenible" a aquellas empresas que suscriben este Código de Conducta. La Cámara Costarricense de Hoteles también requiere la implementación del Código para la afiliación a la Cámara.

Además del trabajo infantil, Costa Rica ha tomado algunas medidas para abordar el trabajo forzoso. Un buen ejemplo es el Sistema de Trazabilidad Laboral Migratoria (SITLAM) para trabajadores migrantes temporales, principalmente de Nicaragua y Panamá, en las plantaciones de café y de caña de azúcar, el cual se ha implementado durante la pandemia de COVID-19 en conjunto con la OIM. En el marco de esta iniciativa, los trabajadores migrantes y sus hijos reciben tarjetas de identificación que les permiten acceder a servicios públicos vitales como la salud y la seguridad social. Esto solo se ha aplicado a un número seleccionado de empleadores en algunas plantaciones de café, pero el Gobierno emitió un decreto en 2022 con miras a expandir esto a otros sectores.

El Relator Especial tuvo la oportunidad de consultar a la industria del café para conocer más sobre SITLAM y otras prácticas laborales. El Instituto del Café de Costa Rica (ICAFE), el órgano rector de los productores del café, señaló que SITLAM promueve la transparencia y la rendición de cuentas en el sector. El ICAFE también emite una tarjeta de identificación propia para los productores de café, con el fin de evitar que terceros intervengan y se aprovechen de los trabajadores migrantes, en su mayoría Ngabe Buglé. Se alienta a cada productor a desarrollar y comunicar su plan de debida diligencia a través de un código QR adjunto a la tarjeta de identificación al ICAFE, lo cual se comunica ampliamente a compradores y consumidores. Además, el 0,4% del total de la ganancia producto de la venta del café se canaliza a un fondo que proporciona seguro médico a las personas trabajadoras, incluidos los trabajadores migrantes irregulares, y apoya a la Casas de la Alegría.

Por último, el Relator Especial se ha sentido alentado por la fuerte presencia de organizaciones de la sociedad civil y sindicatos en Costa Rica. Trabajan incansablemente para mejorar los derechos de las personas trabajadoras y proteger a las víctimas/sobrevivientes de las formas contemporáneas de esclavitud. Algunos proporcionan sensibilización y capacitación a los padres y trabajadores para prevenir el trabajo infantil y mejorar su alfabetización y empleabilidad, mientras que otros proporcionan servicios sustanciales a los trabajadores víctimas de formas contemporáneas de esclavitud, incluidos alimentos, refugio, educación y asistencia jurídica. El Relator Especial también pudo visitar un albergue en San José que proporciona un hogar seguro a varios ciudadanos costarricenses, así como a trabajadores migrantes de Nicaragua, Venezuela y mas allá.

 

Desafíos

Si bien el Relator Especial reconoce los esfuerzos que Costa Rica tiene curso de para prevenir las formas contemporáneas de esclavitud y ayudar a las víctimas, lamentablemente estas prácticas siguen existiendo y persisten varios desafíos.

Para empezar, hay margen para fortalecer los marcos legislativos para prevenir las formas contemporáneas de esclavitud. Por ejemplo, el Relator Especial opina que el régimen de sanciones es débil, ya que el máximo para delitos como la trata de personas y el trabajo forzoso es de 10 años de prisión. Incluso bajo circunstancias agravantes, el castigo es de 14 años de prisión, y estos son sustancialmente más bajos que en otras jurisdicciones del mundo. Esto puede no enviar un mensaje fuerte a los traficantes, contrabandistas y aquellos que participan en formas contemporáneas de esclavitud, y por lo tanto Costa Rica debería aumentar varias penas.

El Relator Especial también desea destacar la necesidad de reforzar la debida diligencia en materia de derechos humanos entre las empresas y los empleadores de las plantaciones y otros sectores, en línea con los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos. Se reunió con representantes de los diversos sectores empresariales y se sintió alentado al saber que muchos ya han elaborado y aplicado sus propias políticas de debida diligencia en materia de derechos humanos. Sin embargo, se necesita un plan de acción o política nacional para promover la debida diligencia en todos los sectores empresariales. Esto ya se ha hecho en un número cada vez mayor de Estados, y algunos han ido más allá para implementar la debida diligencia obligatoria a través de la legislación. Por lo tanto, Costa Rica debe considerar e implementar la debida diligencia en materia de derechos humanos como una cuestión prioritaria para responsabilizar a las empresas por participar en formas contemporáneas de esclavitud.

La aplicación de la legislación vigente también es débil, ya que la tasa de enjuiciamiento y castigo de los autores de formas contemporáneas de esclavitud es muy baja. Por lo general, las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley dependen de las denuncias presentadas por las víctimas, pero el hecho es que muchas temen denunciar violaciones de derechos humanos por temor a ser arrestadas, detenidas y deportadas (por ejemplo, en el caso de las personas migrantes irregulares). La amenaza de despido por parte de los empleadores también contribuye a su renuencia a dirigirse a las autoridades. Otros, en particular las personas migrantes, no tienen suficiente conocimiento sobre los mecanismos de denuncia. Lo que se necesita es una aplicación de la ley más proactiva dirigida por la inteligencia lo cual pueda reducir la necesidad de que las víctimas hagan la denuncia.

Una cuestión conexa es la inspección del trabajo. Un gran número de interlocutores señaló que la inspección del trabajo en Costa Rica es ineficaz, burocrática y carece de transparencia, particularmente en la economía informal. Además de los limitados recursos humanos y financieros, el Relator Especial se enteró de que las multas impuestas no son lo suficientemente elevadas como para disuadir a los empleadores. También hay casos de colusión en los que se informa a los empleadores de la inspección con antelación para que puedan prepararse para la inspección y ocultar las malas prácticas. Por ejemplo, a los trabajadores se les da un día libre o se les envía a lugares remotos el día de la inspección para que no puedan proporcionar sus historias, y esto parece ser una práctica común. Además de la agricultura, la inspección en otros sectores, como el trabajo doméstico, la construcción, el transporte, la manufactura, el comercio y los servicios, sigue siendo insuficiente.

También hay mucho margen para mejorar la identificación y protección de las víctimas. Si bien el papel del Equipo de Respuesta Inmediata en la identificación y acreditación de las víctimas es importante, el Relator Especial opina que sólo identifica a un pequeño número de víctimas cada año. Esto arroja dudas sobre la efectividad de su operación, ya que es probable que el número real de víctimas sea mucho mayor. De hecho, el Relator Especial se enteró de que las organizaciones de la sociedad civil en Costa Rica están a la vanguardia de la prestación de protección y asistencia a un gran número de víctimas que aún no son reconocidas por el CONATT, y sin embargo, el Gobierno no parece apoyar su trabajo proporcionando asistencia financiera, por ejemplo. Esto plantea la cuestión de cómo se utilizan los recursos recaudados del impuesto de salida.

Del mismo modo, el acceso a la justicia y a los recursos para las víctimas son limitados, como lo confirma un gran número de interlocutores, incluidos los propios trabajadores. La falta de asignación de recursos por parte de las autoridades y de conocimiento entre las víctimas sobre sus derechos son algunas de las principales razones de ello. Incluso cuando se dirigen a órganos como el la Defensoría de los Habitantes y los procedimientos judiciales, se ha informado de que sus quejas no se toman en serio o tardan demasiado en llegar a una decisión. Para los pueblos indígenas, los fallos a su favor con respecto a sus derechos a la tierra no se aplican debido a la falta de voluntad política. La discriminación directa y la estigmatización también han sido experimentadas por mujeres y víctimas LGBTIQ+. Las personas trabajadoras también tienen miedo de acercarse a las autoridades debido al temor al desempleo o a la amenaza / acoso. Al final, muchas víctimas han perdido su fe en el sistema. Por lo tanto, existe una necesidad urgente de fortalecer los canales de denuncia y garantizar que todos los trabajadores, incluidos los migrantes, tengan acceso a ellos. Las autoridades pertinentes deben colaborar con las organizaciones de la sociedad civil y los sindicatos a este respecto. Además, es deseable una aplicación de la ley más proactiva basada en la inteligencia.

Debido a los factores mencionados, las formas contemporáneas de esclavitud continúan prosperando en algunos sectores de la economía del país. Si bien debe reconocerse el progreso constante de Costa Rica hacia la eliminación, el trabajo infantil todavía existe particularmente en el sector informal, incluida la venta ambulante, el trabajo doméstico de construcción y la agricultura, en donde las leyes y regulaciones no siempre se aplican de manera efectiva. El Índice de Vulnerabilidad Infantil del Gobierno también se refiere a cierta vulnerabilidad de los niños migrantes, indígenas y pertenecientes a minorías al trabajo infantil, y el Relator Especial está de acuerdo con esta evaluación.

Una de las razones de la persistencia del trabajo infantil es la pobreza exacerbada por la desigualdad y la discriminación, la cual afecta especialmente a los migrantes, a los pueblos indígenas, a las personas afrodescendientes y a otras poblaciones vulnerables. Algunos padres pueden animar a sus hijos e hijas a trabajar, pero se informó al Relator Especial que muchos niños y niñas también sienten el deber de ayudar a sus padres. Existen sistemas de alerta y seguimiento para identificar y proteger a los niños en riesgo de explotación en la escuela primaria, pero su impacto es limitado en el nivel secundario. También se dice que los programas de prevención promovidos por el Gobierno son débiles y no existen mecanismos sólidos de supervisión para evaluar su eficacia.

Otra razón es el acceso limitado a una educación de calidad. En teoría, todos los niños y niñas tienen derecho a una educación de calidad sin discriminación según la Constitución Política de Costa Rica, pero este no es el caso en la práctica, debido a la discriminación que afecta a ciertos niños y niñas. Por ejemplo, se dice que la calidad de la educación, incluidos los maestros calificados, así como el acceso a materiales didácticos adecuados y tecnología, tal como la Internet, es baja en las áreas pobladas por personas de ascendencia africana. Hay informes de niños migrantes que son rechazados de las escuelas, y la naturaleza temporal de su estadía en Costa Rica dificulta el acceso a las escuelas públicas. La educación de los niños indígenas no siempre respeta su cosmovisión y su sensibilidad, y pueden ser excluidos o incluso castigados cuando hablan su propio idioma en lugar del español. Existen obstáculos adicionales, como la ubicación remota de las escuelas y los requisitos burocráticos.

Estos factores, naturalmente, disuaden a los niños y niñas de asistir a la escuela y aumentan el riesgo de explotación sexual o laboral infantil. En este sentido, se ha informado que la tasa de deserción escolar es alta entre los niños afrodescendientes e indígenas, que terminan trabajando en la agricultura, el sector de servicios y el trabajo doméstico. Una imagen similar surge de niños con identidades de género y orientaciones sexuales diversas. Algunos se ven obligados a abandonar la escuela debido a la intimidación y la discriminación directa en las escuelas y algunos también son abandonados por sus familias, quedando así sin hogar. Esto los empuja a un empleo precario para sobrevivir, incluido el trabajo sexual. Incluso si estos niños permanecen en la escuela, se dice que el acceso a la educación superior es limitado y, por lo tanto, es más probable que terminen con empleos en la economía informal donde el riesgo de explotación es elevado. La situación empeoró durante la pandemia de COVID-19, ya que los niños y niñas vulnerables no han podido acceder a una educación de calidad, y parece que los problemas siguen existiendo.

Además, a pesar de algunos esfuerzos del sector empresarial para promover la debida diligencia en materia de derechos humanos, el trabajo forzoso se produce en varios sectores, como la agricultura (por ejemplo, las plantaciones de café y frutas), el trabajo doméstico, así como en el sector público. Como ejemplo, en muchas plantaciones, los salarios de las personas trabajadoras se basan en unidades. Si bien los empleadores generalmente no establecen un objetivo diario mínimo, esto en efecto alienta los trabajadores a trabajar largas horas, como 12-

15 horas. Varios interlocutores, incluidos los trabajadores, han expresado serias preocupaciones acerca de este sistema. Los salarios y las largas horas de trabajo se pueden observar en otros sectores, como la construcción, los servicios, el transporte y la seguridad. El Relator Especial también está preocupado por la discusión que hay en torno a un proyecto de ley que tiene por objeto reestructurar las jornadas de trabajo a 12 horas de trabajo durante 4 días consecutivos seguidas de 3 días de descanso, debido a sus posibles efectos negativos en la salud mental y física, así como en las responsabilidades de cuidado.

En relación con otros aspectos de las condiciones de trabajo, el riesgo de exposición a productos químicos tóxicos, así como de accidentes laborales, es elevado en sectores como la agricultura y la construcción. Sin embargo, el acceso a la atención médica es limitado porque la prima del seguro de salud es alta y muchos trabajadores no pueden pagarla. Por ley, los empleadores tienen que hacer contribuciones a la seguridad social, pero varios interlocutores señalaron que esto no sucede en muchos casos. En algunos casos, los empleadores no transfieren sus contribuciones a la Caja Costarricense de Seguro Social. Además, se ha informado de que muchos trabajadores no reciben licencia anual o por enfermedad y que se les deducen los salarios si están ausentes, y que el acceso a las zonas de descanso y retretes es extremadamente limitado o inexistente en algunos casos, lo que tiene un impacto particularmente negativo en las mujeres. Estas condiciones demuestran claramente indicadores de trabajo forzoso.

Además, aunque los derechos sindicales están garantizados por la Constitución y por otras leyes, en la práctica son extremadamente limitados. Se ha informado que algunos empleadores desalientan o incluso impiden la formación de sindicatos. A modo de ejemplo, el Relator Especial ha sido informado de un intento fallido de establecer una organización de trabajadores en el sector de las plantaciones de café debido a la falta de apoyo en la industria. Algunos empleadores también despiden a los trabajadores o trasladan sus operaciones a otro lugar cuando los trabajadores intentan negociar sus condiciones de trabajo. Los representantes sindicales con los que se reunió el Relator Especial también señalaron que su trabajo no es reconocido o apoyado por el Gobierno o los empleadores en muchos casos. En consecuencia, muchos trabajadores y sindicatos están excluidos de los procesos de toma de decisiones. Esto se ve agravado por la existencia de racismo, xenofobia y discriminación profundamente arraigados por motivos de identidad de género y orientación sexual, y no parece haber una voluntad política para mejorar la situación.

Los trabajadores migrantes son particularmente vulnerables a las formas contemporáneas de esclavitud en Costa Rica. Algunos tienen permisos de trabajo temporales antes de su llegada, pero muchos otros no y trabajan de manera irregular. El Relator Especial se reunió con trabajadores migrantes y organizaciones representativas de sus intereses que confirmaron que se les paga mucho menos que a los nacionales costarricenses. Esto contraviene la Ley General de Migración y Extranjería (Nº 8764) del 2009, que estableció los principios de igualdad, equidad y no discriminación.

Según la información proporcionada por los interlocutores, los trabajadores en situación migratoria irregular constituyen la mayoría de la fuerza laboral en algunas plantaciones, y se encuentran en una situación peor. Son contratados por subcontratistas que trabajan con los empleadores y se sabe que explotan a los trabajadores cobrando altas tarifas, deduciendo sus salarios o no proporcionando seguro. Al Relator Especial le preocupa que actualmente no exista un marco jurídico que regule a estos subcontratistas. Los trabajadores irregulares solo tienen acceso a la atención médica de emergencia, ya que no contribuyen a la seguridad social debido a su estatus migratorio. No denuncian casos de explotación y abuso, ya que tienen mucho miedo de perder sus empleos y ser enviados de regreso a sus países. Esto pone de relieve la necesidad de regularizar su situación para que puedan integrarse social y económicamente con la igualdad de derechos garantizada.

Los solicitantes de asilo y los refugiados también son vulnerables a la explotación y el abuso. Según ACNUR, actualmente hay 236,000 solicitantes de asilo, la mayoría de los cuales son de Nicaragua. Es importante destacar que los solicitantes de asilo no tienen derecho a trabajar hasta 3 meses después de su solicitud de asilo. Esto suscita preocupación, ya que pueden ser fácilmente explotados por los empleadores y los delincuentes mientras tanto. De hecho, a menudo terminan con empleos en el sector informal caracterizados por la precariedad, la explotación y el abuso. Si bien la concesión del derecho a trabajar a los solicitantes de asilo es una característica positiva, en la práctica se enfrentan a varias dificultades, como la apertura de una cuenta bancaria, la compra de determinados bienes y el acceso a algunos servicios. El gobierno afirma que los solicitantes de asilo pueden acceder a ellos, pero el hecho es que este no es siempre el caso, ya que la desigualdad y la discriminación existen. Varios interlocutores declararon que la determinación de la condición de refugiado a menudo lleva mucho tiempo. Según un solicitante de asilo con el que se entrevistó el Relator Especial, se le dijo que esperara hasta después de 2030 para recibir una decisión del Gobierno, y esto no parece ser un caso aislado. Esto significa que los solicitantes de asilo quedan en una situación precaria durante mucho tiempo, lo que aumenta significativamente el riesgo de formas contemporáneas de esclavitud. Los problemas pueden persistir incluso cuando una persona ha sido reconocida como refugiada, ya que, según se informa, muchos empleadores no reconocen este estatus en la práctica.

El Relator Especial también está muy preocupado por la situación de los pueblos indígenas en Costa Rica. Su acceso a las tierras ancestrales se ha visto seriamente limitado a pesar de la existencia de marcos legales y políticas, incluido el más reciente Plan de Acción Nacional para la Recuperación de Territorios Indígenas 2016-2022. Esto amenaza su propia supervivencia y los hace vulnerables a la explotación laboral y sexual debido a las limitadas opciones de subsistencia. Estas tierras han sido tomadas, controladas y comercializadas por personas no indígenas con la aquiescencia del Gobierno, y las poblaciones indígenas tienen que trabajar para ellas sin acceso suficiente e independiente a los recursos naturales en ausencia de consultas significativas y la provisión de Consentimiento Previo, Libre e Informado. Informado Libre y Previo.

Según las personas indígenas consultadas por el Relator Especial, no se han realizado progresos satisfactorios en la devolución de las tierras ocupadas. Al igual que los trabajadores migrantes, las condiciones de trabajo de los pueblos indígenas demuestran claros indicadores de trabajo forzoso en varios casos, como bajos salarios, largas horas de trabajo, riesgos para la salud, falta de acceso a la atención médica y social, falta de licencia remunerada y por enfermedad, y violencia física / sexual en sectores como la agricultura y la ganadería. La única alternativa es buscar empleo en el sector informal. El acceso de los niños indígenas a una educación de calidad exacerba este problema y perpetúa la pobreza y el desempleo. Muchos también viven un miedo constante a los conflictos y la violencia.

Existen brechas salariales de género en varios sectores. Los interlocutores también han destacado las formas interseccionales de discriminación por motivos de raza, etnia y nacionalidad. En este sentido, el trabajo doméstico, que es altamente de género, es asumido por muchos migrantes irregulares, pueblos indígenas o miembros de otras minorías en Costa Rica. La pobreza y el desempleo afectan más a las mujeres y este también parece ser el caso en Costa Rica, con un mayor riesgo de explotación y abuso. Se han denunciado casos de acoso y violencia sexual.

Además de la explotación laboral, preocupa al Relator Especial, la explotación sexual comercial de ciudadanos costarricenses y extranjeros. Si bien esto afecta predominantemente a mujeres y niñas, varios interlocutores señalaron que los hombres, los niños, incluidas las personas LGBTIQ+, también son víctimas. Se han reportado casos de sexo de supervivencia en los que aquellos que perdieron sus empleos o necesitan más ingresos recurren al trabajo sexual para mantenerse económicamente a sí mismos y a sus familias. Muchos están bajo un estricto control de proxenetas y delincuentes, algunos de los cuales están altamente organizados, lo que aumenta en gran medida la explotación y el abuso, ya que la amenaza y el uso de la violencia ocurren regularmente.

Varios interlocutores señalaron que las personas involucradas en la explotación sexual comercial, incluida la industria del turismo, los operadores hoteleros, los proveedores de transporte y los propios turistas, no son debidamente enjuiciadas y sancionadas con penas apropiadas. El impacto preventivo del Código de Conducta es débil debido a su carácter voluntario. Esta industria fue una de las más afectadas durante la pandemia de COVID-19, y se ha informado que la implementación del Código no es vista como una prioridad por muchos. El uso de las redes sociales para facilitar la explotación sexual comercial es otra preocupación, y varios interlocutores han planteado denuncias de participación directa de funcionarios públicos y encargados de hacer cumplir la ley. Todo ello arroja algunas dudas sobre la implementación de los actuales marcos legislativos e institucionales para hacer frente a este grave delito.

Aquí hay mucho margen para fortalecer la Defensoría de los Habitantes, la cual es la Institución Nacional de Derechos Humanos en Costa Rica. El Relator Especial se enteró de que esta Oficina aborda las cuestiones relativas a las formas contemporáneas de la esclavitud mediante la realización de investigaciones y actividades de sensibilización, así como la recepción e investigación de denuncias. Sin embargo, un gran número de interlocutores han expresado su preocupación por el apoyo prestado por esta Oficina. Entre otras cosas, se ha planteado como problema la falta de recursos, y esto debe ser rectificado. El fomento de la confianza con las diversas partes interesadas también se considera un paso importante que debe adoptarse.

Por último, el gobierno debería formalizar el trabajo informal con miras a mejorar los derechos de los trabajadores. Las poblaciones en situaciones vulnerables, tal como las mujeres marginadas, las minorías, los pueblos indígenas y los trabajadores migrantes están desproporcionadamente representadas en la economía informal, donde aumenta el riesgo de explotación y abuso. Por lo tanto, es necesario hacer la transición del sector informal al formal regulando adecuadamente el empleo informal a través de la legislación, garantizando los derechos y prerrogativas de los trabajadores, promoviendo la inclusión financiera y alentando a los empleadores y empleados informales a hacer contribuciones fiscales y de seguridad social apropiadas.

El Relator Especial desea terminar destacando el compromiso de Costa Rica de no dejar a nadie atrás como parte de la Agenda de los ODS. Para lograr esto, es necesario hacer más, ya que demasiados grupos marginados están actualmente en riesgo de formas contemporáneas de esclavitud porque permanecen invisibles y no tienen una protección adecuada. Por lo tanto, el gobierno debería promover una sociedad inclusiva, incluso reconociendo la importante contribución económica realizada por los trabajadores migrantes, y extender los mismos derechos y protecciones a todos en este hermoso país.

Recomendaciones

  • Fortalecer los marcos legislativos sobre las formas contemporáneas de esclavitud y las violaciones de la legislación laboral;
  • Desarrollar e implementar un Plan de Acción Nacional para la debida diligencia en materia de derechos humanos, para empezar, y considerar la posibilidad de hacerlo obligatorio a través de la legislación;
  • Promover la aplicación proactiva de la ley basada en la inteligencia a fin de mejorar la investigación y el enjuiciamiento de las formas contemporáneas de esclavitud;
  • Fortalecer la sensibilización de las posibles víctimas sobre los medios para denunciar las formas contemporáneas de esclavitud y las violaciones de la legislación laboral. Trabajar en colaboración con la sociedad civil, los sindicatos y otras partes interesadas a este respecto;
  • Mejorar la inspección del trabajo asignando recursos humanos y financieros suficientes y otorgando poderes adicionales, como la imposición de sanciones in situ, adoptando el Proyecto de Ley No 21.707 para el fortalecimiento de la Dirección Nacional de Inspección Laboral, e involucrar a los sindicatos u otros terceros en la inspección del trabajo para aumentar la transparencia;
  • Fortalecer el Equipo de Respuesta Inmediata del CONATT para mejorar la identificación y protección de las víctimas;
  • Asignar fondos a las organizaciones de la sociedad civil que brindan apoyo directo a las víctimas/sobrevivientes;
  • Garantizar el acceso a la justicia y a los recursos de todas las víctimas sin discriminación de ningún tipo. Asignar recursos suficientes a este respecto, a través del CONATT, así como el decomiso proactivo del producto del delito generado por las formas contemporáneas de esclavitud y prácticas conexas;
  • Proporcionar información suficiente y oportuna a las víctimas con respecto al acceso a la justicia y los recursos;
  • Implementar efectivamente la Hoja de Ruta para hacer de Costa Rica un país libre de trabajo infantil y sus peores formas (2021-2025);
  • Garantizar el acceso a una educación de calidad para todos los niños sin discriminación por motivos de raza, etnia, nacionalidad, identidad de género y orientación sexual;
  • Proporcionar educación integral en derechos humanos para promover la inclusión y el respeto a la diversidad entre los estudiantes, así como capacitación a los maestros para eliminar la discriminación de cualquier tipo;
  • Reforzar un sistema de alerta temprana para identificar a los niños en riesgo de explotación laboral y sexual en las escuelas;
  • Hacer cumplir las leyes laborales y de salud y seguridad para mejorar las condiciones de trabajo de todos los trabajadores en el área de salarios, horas de trabajo, medio ambiente seguro y saludable, y licencia por enfermedad / anual;
  • Garantizar el acceso equitativo y oportuno a la atención médica y la seguridad social sin discriminación de ningún tipo. Considerar e implementar planes no contributivos para personas particularmente vulnerables;
  • Garantizar que los empleadores contribuyan a la seguridad social mediante el fortalecimiento del mecanismo de supervisión, y castigarlos con sanciones proporcionadas en caso de infracción;
  • Considerar cuidadosamente las dimensiones de género de las prácticas laborales y eliminar la discriminación y el acoso y la violencia de género en el trabajo;
  • Imponer derechos sindicales sin discriminación e imponer sanciones adecuadas a los empresarios que no los reconozcan;
  • Garantizar los derechos de todos los trabajadores migrantes sin discriminación. Ratificar e implementar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de los Miembros de Sus Familias, de 1990;
  • Regularizar la conducta de los subcontratistas que explotan la vulnerabilidad de los trabajadores migrantes;
  • Regularizar la situación migratoria de los trabajadores irregulares para que puedan pagar impuestos y contribuciones a la seguridad social adecuadas y tener acceso a los servicios públicos sin discriminación;
  • Conceder el derecho a trabajar a los solicitantes de asilo tan pronto como presenten una solicitud de asilo a fin de prevenir las formas contemporáneas de esclavitud y otras formas de explotación;
  • Fortalecer los procedimientos de determinación de la condición de refugiado mediante la asignación de recursos suficientes para que las decisiones de reconocimiento se tomen lo más rápidamente posible. Continuar colaborando con las partes interesadas pertinentes, como la sociedad civil y el ACNUR;
  • Con el fin de enfrentar causas estructurales de la explotación laboral y sexual, devolver las tierras ancestrales a los pueblos indígenas lo antes posible e involucrarlos plenamente en la toma de decisiones. Proporcionar una compensación financiera adecuada y otros recursos para rectificar la injusticia sufrida por los pueblos indígenas fortalecer las medidas para prevenir la usurpación de territorios indígenas;
  • Fortalecer las acciones contra la explotación sexual comercial mediante la aplicación del Código de Conducta y el enjuiciamiento y sanción de los responsables con sanciones suficientes, incluidos los operadores turísticos, los proveedores de transporte, los trabajadores hoteleros y los turistas;
  • Investigar y proteger de manera proactiva a los niños en riesgo de ser víctimas de explotación sexual comercial en estrecha cooperación con las autoridades y cuidadores pertinentes;
  • Abordar las causas profundas de las formas contemporáneas de esclavitud, como la pobreza, la desigualdad y la discriminación, por medios legislativos y de otro tipo. A tal fin, colaborar con el sector empresarial, la sociedad civil, los sindicatos y las organizaciones regionales e internacionales;
  • Cuando proceda, adoptar medidas especiales de carácter temporal, en particular en relación con el acceso a la educación, el trabajo decente y los servicios públicos, a fin de hacer frente a la desigualdad y la discriminación;
  • Promover la transición de la economía informal a la formal para proteger los derechos de todos los trabajadores y prevenir las formas contemporáneas de esclavitud. Medidas como la regulación del trabajo informal a través de la legislación, la inclusión financiera y la implementación de formas creativas para alentar a los empleadores y trabajadores informales a pagar impuestos y contribuciones a la seguridad social deben considerarse apropiadas;
  • Incluir a todas las partes interesadas, incluidos los trabajadores, la sociedad civil, los sindicatos y las víctimas, en todos los procesos de toma de decisiones relacionados con las acciones contra las formas contemporáneas de esclavitud;
  • Recopilar y proporcionar datos completos sobre las formas contemporáneas de esclavitud distintas del trabajo infantil, incluido el perfil de las poblaciones vulnerables, como los trabajadores migrantes, los pueblos indígenas, las minorías y las personas LGBTIQ+.

 

ACLARACIÓN:

El Sr. Tomoya Obokata fue nombrado Relator Especial de la ONU sobre las formas contemporáneas de la esclavitud en marzo de 2020. El Sr. Obokata es un estudioso japonés del derecho internacional y los derechos humanos, especializado en la delincuencia organizada transnacional, la trata de personas y la esclavitud moderna. Actualmente es profesor de Derecho Internacional de los Derechos Humanos en la Facultad de Derecho de York, y anteriormente enseñó en la Universidad de Keele, en la Universidad de Queen's Belfast y en la Universidad de Dundee (todas ellas en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte). 

Los Relatores Especiales forman parte de lo que se conoce como Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes del sistema de derechos humanos de la ONU, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y supervisión del Consejo que se ocupan de situaciones específicas de países o de cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno u organización y prestan sus servicios a título individual.

Danilo Mora Díaz

Danilo Mora Díaz

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Oficial de Comunicaciones y Advocacy

Entidades de la ONU involucradas en esta iniciativa

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La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos
ONU
Naciones Unidas

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